Actividad Comercial Complementaria para los Aeroclubes. Histórica Resolución.

Para comenzar a explicar este punto de inflexión que a partir de hoy tendrán los Aeroclubes, tendríamos que remitirnos al Art.234 del Código Aeronáutico, que a pesar de estar vigente, en la práctica no se aplicaba fundamentalmente debido a divergencias en cuanto a su interpretación.

En el mientras tanto, los Aeroclubes y la letra de “Cafetín de Buenos Aires” del inmortal Polaco Goyeneche, eran casi la misma cosa. “De chiquilín te miraba de afuera, como esas cosas que nunca se alcanzan…”. Esa fué nuestra realidad. Estábamos afuera de una existencia, que aunque manifiesta en la legislación vigente, no alcanzamos a conseguir.

Ahora bien. Como la historia de FADA está escrita con pequeños segmentos de quienes la componen, hubo un fragmento que tiene relación con ésta realidad. Sabido es -basta con recorrer nuestra web- que hemos tenido entre nuestras tareas, acercar el Comité Ejecutivo de FADA, al interior federal y profundo de nuestro país a través de lo que llamamos Reuniones Regionales.

La historia contará, que en una Regional en la Capital Nacional del Petróleo, los amigos Comodorenses se hicieron sede para convocar a una veintena de Aeroclubes Patagónicos. Allá fuimos convirtiendo la llegada de FADA al Aeroclub Comodoro Rivadavia, en la primera de los últimos treinta años. Nuestras expectativas eran grandes y a decir verdad, los Patagónicos demostraron el espíritu de equipo, el mismo que desde esta Federación propiciamos para el resto de las regiones del país. En aquella oportunidad, pudimos escuchar, responder, preguntar, proponer, sugerir, es decir, todo lo propio a una realidad común que atraviesa nuestro país de Norte a Sur y de Este a Oeste.

Luego de una más que enriquecedora reunión (finalizada con una tenida gastronómica exquisita) FADA cargó en su bodega temas sensibles y que sería necesario de una gestión casi, personalizada. “Modificación de los aranceles para importación”, “Actividad aérea complementaria” y “Facilitar la implementación de Inspectores Regionales” (sobre este último punto sugerimos revisar nuestra web la noticia: “FADA, sobre los Instructores/Inspectores Regionales de Vuelo – IIRV (Nota del 06/05/2013)”. La extensa superficie Patagónica y la distancia entre las ciudades de esa vasta región, eran el primer elemento que podía claramente, sustentar nuestra petición, para lo que hoy es la Actividad Aérea Complementaria para los Aeroclubes.

Cabe destacar que con esta resolución, culmina un proceso que llevaba de pujanza más de dos años y que da a la luz una reglamentación necesaria desde el año 1973. Si, como leyeron, 1973. La actividad comercial complementaria para los Aeroclubes se encuentra prevista en el decreto 3039/1973 y tuvo que esperar casi 50 años para su reglamentación a fin de tornarla operativa. Muchos años de esfuerzo y dedicación de todo el equipo de FADA desde aquel puntapié inicial que como mencionamos, diera el Aeroclub Comodoro Rivadavia y que fuera motivo de la presentación por mesa de entradas de ANAC del Expte EX-2018-16888592-APN-ANAC#MTR de fecha 17/04/18.

Desde FADA, nos auto-impusimos que los beneficios de esta norma que hoy sale a la luz, tenía que darle alcance a TODOS los Aeroclubes del país. Federados y No Federados, y tras ese objetivo comenzamos a trabajar. Así, iniciamos las tareas. Lo que tuvimos en claro desde el principio fué, que iba a llevar tiempo, pero que a la vez, sabíamos que teníamos en el equipo al mejor “9 de área”, simple, sencillo, de Avellaneda, y que como todo crack, reticente a las luminarias y a los carteles, ya que su trabajo lo demuestra “en la cancha”, pero, seríamos sumamente injustos no mencionar a Martin. Si, el Dr. Horacio Martin Pratto Chiarella, orgullosos de decir, Asesor Legal de FADA, (y flamante Secretario del Consejo Asesor para la Aviación Civil Argentina) con su cabeza trabajando H24, e interactuando con todos los profesionales del Departamento Jurídico de ANAC, acercando todo tipo de información y antecedentes nacionales e internacionales en la material. Impecable trabajo.

Si tendríamos que ponerle un número a este resultado, sería: 120000. Son los kilómetros recorridos en nuestros vehículos, todo con el objeto de aportar a la autoridad aeronáutica los antecedentes, normas, regulaciones y también la cuota de la rica historia que nutren a nuestras Instituciones, para que, de esta manera, sustentar el trabajo jurídico de ANAC.

En un país con la vasta extensión que posee la Argentina, con servicios regulares deficientes y con nula actividad aérea en zonas de gran necesidad para nuestro país, el transporte aéreo complementario ayudará a llenar esos vacíos y lograr la tan ansiada conectividad de nuestros pueblos en zonas donde hoy el transporte aéreo no llega.

No podemos dejar de mencionar el apoyo y acompañamiento que tuvo este proyecto, ya que sin la predisposición de la Administración Nacional de Aviación Civil de reglamentar una actividad que lo aguardaba desde el año 1973, el camino hubiera sido muy dificultoso de recorrer y con aún mayor tiempo de espera. Por eso es de Caballeros reconocer el apoyo que se recibió desde la Dirección Nacional de Seguridad Operacional a través del Cmte. Federico Giannini y el Administrador Tomas Insausti.

Por último. Este enorme trabajo, desarrollado por esta Federacíon no hubiese sido posible sin el acompañamiento de nuestras instituciones afiliadas, quienes a pesar de la delicada situación económica, hacen su aporte mensual que nosotros convertimos en gestión y razón por la cual, nos motiva a elevar nuevamente la vara. Nosotros somos Ustedes o dicho de otra forma, “FADA será, lo que los Aeroclubes quieran que sea”.

Comité Ejecutivo de FADA.

Documentos:

RS-2019-108114535-APN-ANAC#MTR reglamento para el desarrollo de la actividad comercial complementaria aeroclubes-

Reglamento Actividad Comercial Complementaria Aeroclubes.

IMPORTANTE: FADA, se encuentra trabajando en la unificación de la documentación requerida para obtener la correspondiente certificación. Informaremos.

(Crédito de la foto, Municipalidad de Gral. Pico)
Share on Google+Share on FacebookTweet about this on Twitter

3 comentarios en «Actividad Comercial Complementaria para los Aeroclubes. Histórica Resolución.»

  1. Me parece genial el logro, bien venido sea!!
    Tengo que corregir que la Letra de “CAFETIN DE BUENOS AIRES” es de Discépolo y la Música de Mariano Mores.
    El Inmortal y genial POLACO solo la interprtetaba como el sabía

    Responder

Deja un comentario