El día Martes 29 de Junio, en el Aeroclub La Plata, se llevó a cabo la firma del Convenio de Colaboración, entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la FADA. Este convenio, el cual está disponible en el link al final de esta noticia, sienta jurisprudencia en el tema y que es intención de esta Federación, sea replicada en otras Provincias. Lo medular del convenio establece que a los Aeroclubes Bonaerenses, mantendrán una aeronave a disposición para la tarea de patrullaje ó búsqueda por aire, a requerimiento de personal policial. Establece además que dichas aeronaves deberán encontrarse con sus habilitaciones y seguros correspondientes, y proveerán la tripulación de acuerdo al tipo de aeronave. En dichos vuelos se dispondrá la incorporación de un funcionario policial munido de un equipo de comunicaciones para coordinar las tareas en tierra. Este funcionario abordará la aeronave desprovisto de todo armamento o en su defecto, previo al vuelo deberá proceder a descargar el arma de dotación y hacer entrega de este y sus municiones al Comandante de la aeronave quien lo mantendrá en custodia hasta la finalización del vuelo. Será a cargo del Ministerio el costo de los insumos y mantenimiento por las horas de vuelo originadas por estas actividades, y ambas partes, Ministerio y Federación suscribirán el/los protocolos correspondientes para adoptar medidas complementarias para un adecuado funcionamiento del citado Convenio. Hasta acá lo más importante del convenio.
El próximo paso es avanzar en el protocolo referenciado en la Cláusula Octava del citado Convenio. En este sentido la FADA, ha anunciado a las autoridades del Ministerio la inclusión de los siguientes puntos mínimos:
1) Los vuelos serán sobre zonas rurales, rutas y caminos.
2) Bajo ningún concepto la aeronave afectada hará vuelos de persecución.
3) La autoridad del vuelo, será el Comandante de la Aeronave, y debera ajustarse al Reglamento de Vuelo.
4) El vuelo se desarollará bajo condiciones VFR/VMC.
5) Se establecerá una coordinación previa al vuelo, teniendo en cuenta la disponibilidad de pilotos y máquinas.
6) Como alternativa al punto anterior, de establecerá una segunda opción dentro de la zona de influencia al Aeroclub, al que se le hace el pedido.
7) Cada vuelo generará un breve informe de cada piloto, que quedará archivado en el club como antecedente, para cualquier eventualidad. El informe sería reservado.
8) Con respecto a la/s liquidación/es de los vuelos realizados, y a efectos de no dispersar el trámite, se popondrá que sea FADA quien recepcione las liquidaciones y haga una presentación mensual de cobro ante el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo se informa que los colegas de los Aeroclubes de Bragado, 9 de Julio, Necochea y Villa Gesell, arbitrarán a pedido de FADA, los medios para la realización de una o dos reuniones regionales en la Provincia de Buenos Aires, para tratar este y otros puntos de incumbencia común.
Para acceder al contenido del Convenio de Colaboración, haga click AQUI. (Está disponible en formato PDF, por lo que se requiere Acrobat Reader ó similar para visualizarlo correctamente)