La Resolución 235/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) -que acompañamos-, simplifica el proceso de importación de partes aeronáuticas nuevas o usadas en Argentina. A partir de ahora, los interesados deberán presentar una declaración jurada con información básica a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Una vez completada la solicitud, el “Aviso de importación para Productos del Sector Aeronáutico” se emitirá automáticamente en un plazo máximo de cuatro días hábiles. Esta medida busca agilizar los trámites, reducir la burocracia y facilitar el acceso a los importadores del sector aeronáutico.
Link a la norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/323051/20250328?s=08
Puntos clave:
- Nuevo trámite:
- Se crea el “Aviso de Importación para Productos del Sector Aeronáutico”, emitido por la ANAC, requerido para la destinación aduanera definitiva.
- Se gestiona vía plataforma Trámites a Distancia (TAD).
- Requisitos:
- Declaración jurada con:
- Datos del solicitante (nombre, CUIT, domicilio).
- Descripción de las partes (n° de parte, si son nuevas o usadas).
- Plazo y validez:
- Emisión automática en 4 días hábiles.
- Para productos nuevos, el aviso es válido para futuras importaciones de las mismas partes.
- Vigencia:
- Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Finalidad:
Acelerar procesos, eliminar burocracia y alinear la ANAC con las normativas de comercio exterior del MERCOSUR y políticas de gobierno digital.