El pasado día Jueves 7 de Abril de 2016, parte del Comité Ejecutivo de FADA, se hizo presente en el Aeropuerto Internacional Malvinas Argentinas de la Ciudad de Rosario, para participar de una charla informativa sobre el estado de situación del proceso de Adecuación a las LAR 141.
El inicio estuvo a cargo del Dr. Leandro Fredes, quien hizo una reseña del origen del procedimiento de adecuación a las normas (año 2011) y marcando el tiempo transcurrido desde el dictado de Res. 345/15 que dio paso al establecimiento de 3 aspectos fundamentales, 1) puesta en vigencia de este manual LAR 141, 2) la derogación de los regímenes anteriores, CRA 116/01, 162/01 y 09/99 y 3) el establecimiento de un período de adecuación a la normativa para que las instituciones se adecuen a las nueva estructura. En este sentido, el expositor indicó que “todas las Instituciones que pretendan dar instrucción para la formación de las distintas especialidades aeronáuticas, deberían estar adecuadas a la normativa al 01/06/16…”
Este fue el principio de una serie de intercambios entre los presentes, siendo FADA, a través de nuestro Presidente Daniel Santos, quien manifestó claramente, la imposibilidad de llevar adelante estas adecuaciones, tal cual están redactadas. Si bien manifestó el acompañamiento a la adecuación, dejó claro que los motivos que hacen sumamente dificultosa la aplicación son, entre otras, la falta de tiempo, falta de personal, imposibilidad económica, y en muchos casos, la falta de infraestructura.
Continuando con la exposición, el disertante, dejó claro que no hay distinción entre Aeroclubes, Escuelas de vuelo, y EIPAs, por lo que de acuerdo a la nueva norma, existe una triple clasificación de centro de instruccion. CIAC TIPO 1: INSTRUCCIÓN TEÓRICA, CIAC TIPO 2: INSTRUCCIÓN EN VUELO, CIAC TIPO3: UNA INSTRUCCIÓN MIXTA TEÓRICA Y EN VUELO, dentro de este universo y clasificación se deberán encuadrar las instituciones que pretender impartir instrucción practica, sean Aeroclubes o no.
Según se informó, varios países de latino-américa ya lo han aplicado. FADA, mantiene contacto tanto con la Federación Chilena (FEDACH) y la Federación Uruguaya (FUDA). En ambos casos, Chile y Uruguay, han acordado la convivencia de la actual norma con la aplicación de la 141, y aún así, mantienen las mismas preocupaciones que en nuestro país.
Si bien la normativa anterior, exigía que las escuelas acreditaran la disponibilidad de instalaciones, la existencia de personal capacitado, adecuado y calificado para dar instrucción, la existencia de un manual de funcionamiento, desde la mesa se manifestó que esas son coincidencias que la anterior tiene con la actual. Cual es la diferencia..? según explicaron, tiene que ver con una cuestión temporal. Es lógico que algunas cuestiones que no estaban antiguamente lo estén ahora como parte de una tendencia normativa mundial de práctica de la actividad. La incorporación de un manual de instrucción y procedimiento, con una regulación mas minuciosa de su contenido, agregando Sistema de Calidad, y SMS, claramente, obliga a tener una organización mas compleja, cuasi empresarial, y ese es el punto crítico para nuestros Aeroclubes.
FADA, solicitó tiempo para tratar este tema, ya que del universo total de Aeroclubes, solo 6 o 7 instituciones han iniciado el proceso, según información de los mismos funcionarios de ANAC. En los próximos días la CADEA se reunirá con las Federaciones involucradas, no descartando inclusive, una audiencia con el Ing. Irigoin. En el mientras tanto, lo que se ha propuesto es seguir con los lineamientos adoptados por la FEDACH y FUDA, dejando en libertad de acción a aquellos Aeroclubes que así lo quieran y puedan adecuarse a la 141, lo hagan, quedando FADA con el compromiso de gestionar para aquellas Instituciones que están muy lejos de cumplimentarlas. Se debe recordar que los Aeroclubes, nacieron como Escuelas de Vuelo, con un marcado perfil social dentro de las distintas comunidades en donde les ha tocado desenvolverse. Entendemos que con este nuevo perfil que se pretende dar, lleva a las Instituciones a convertirse en empresas. En este sentido, reafirmamos y suscribimos la definición que la propia ANAC, hace de los Aeroclubes, en su portal web, cuando dice:
“Aeroclubes
El aeroclub es una asociación deportiva dedicada a la práctica y promoción de las actividades aeronáuticas. Es la matriz de toda la actividad aeronáutica desde su inicio en la República Argentina. Un aeroclub se encuentra situado al borde de una pista de aterrizaje o aeródromo. A veces la pista de aterrizaje se comparte con la de un aeropuerto.
Los aeroclubes ofrecen diversas instalaciones a sus miembros, la calidad y dimensiones de las cuales varían según la importancia del aeroclub. Estas instalaciones pueden incluir hangares para guardar los aviones, facilidades de repostaje de combustible y una zona dedicada a la limpieza, reparación y mantenimiento de los aparatos además de pistas que son aeródromos públicos amparados por el Código Aeronáutico y reglamentos de vuelo. Son instituciones civiles sin fines de lucro indispensables para el desarrollo de la actividad toda vez que son formadoras de pilotos y personal aeronáutico de distinta naturaleza y en muchos casos pistas alternativas para el descenso de aeronaves en caso de emergencias.
Asimismo, cumplen un rol social indispensable para el desarrollo de los pueblos y ciudades, constituyéndose muchas veces en la base de operaciones de los sistemas de lucha contra incendios, traslados sanitarios, aviación ejecutiva, búsqueda y salvamento y otros servicios indispensables para la comunidad en su conjunto.
La Federación reconocida por la ANAC que nuclea a las distintas asociaciones sin fines de lucro es FADA (Federación Argentina de Aeroclubes)”
Sabemos que todas estas adecuaciones, han surgido de reuniones llevadas a cabo entre expertos de distintos países, incluidos los enviados por ANAC, al Consejo Regional de OACI. No sabemos quien o quienes fueron los designados, aunque tenemos la leve sospecha que no tuvieron la oportunidad de conocer el interior Federal del país, y por consiguiente, nuestras instituciones.
Desde, FADA seguimos adelante, fundamentalmente por aquellos Aeroclubes que lejos están, aún queriendo ajustarse a las normas, de cumplir con las adecuaciones a la nueva reglamentación.
Tuve hace poco una charla en ANAC con respecto a la adecuacion, y es verda en cierta forma se hace dificil definir en que tipo de CIAC esta encuadrado el aeroclub por el momento se lo define como CIAC tipo 2, pero tambien se da teorico y encuadrarlo en EIPA es imposible, por la estructura organizativa se hace imposible para la instituciones chicas. Seria bueno que dicha reglamentacion tuviera un apartado especial para los aeroclubes, ya que su organizacion es para los pilotos iniciales en su gran mayoria.
Muchas Gracias Daniel por tu aporte…
Diego Martinez