La nueva Resolución 651/2025 ya está vigente y con ella llegaron cambios muy importantes a la RAAC Parte 61 que impactan directamente en el día a día como instructores. Desde los requisitos para las licencias de Piloto Privado hasta la creación de los examinadores designados, son muchas las novedades que debemos dominar.
Sabemos que el tiempo en el aeroclub es valioso y que interpretar la normativa puede ser complejo. Por eso, desde FADA hemos preparado un documento para ustedes: “Análisis para Instructores de Vuelo: Claves de la Nueva Resolución 651/2025”.
¿Qué vas a encontrar en esta guía?
Preguntas Clave: Recopilamos las dudas más frecuentes que nos han hecho llegar sobre la transición, los plazos, los nuevos roles y los cambios en las habilitaciones.
Respuestas Claras: Ofrecemos un análisis detallado y las respuestas consolidadas de la Autoridad Aeronáutica para que no te queden dudas.
Tabla Comparativa: Un formato rápido de pregunta-respuesta ideal para tener a mano, repasar conceptos y compartir con otros colegas en el aeroclub.
Análisis Específicos: Abordamos temas puntuales como los créditos de horas para pilotos de planeador y los nuevos requisitos para ser Instructor de Vuelo.
Nuestro objetivo es simple: darles una herramienta práctica que les ahorre tiempo, les brinde certezas y nos ayude a todos a unificar criterios para aplicar la nueva normativa de manera correcta y segura en toda la Argentina.
La formación de calidad es el corazón de nuestros aeroclubes. ¡Mantenernos actualizados es nuestra responsabilidad!
hola
sobre la nueva raac 61,cuales son los requisitos para la licencia de piloto comercial de avion con ifr
Estimado Fabian..
Debes referirte a:
RAAC Parte 61, Subparte F para la licencia de Piloto Comercial.
RAAC Parte 61, Subparte B, Sección 61.65 para la habilitación IFR.
Buenos días!
Hay alguna idea sobre desde cuando quedará vigente esta nueva normativa respecto a Instructor de Vuelo? Ya que muchos centros de instrucción no dejan iniciar la teoría con menos de 450hs. Saludos.
Entrada en Vigencia: El Artículo 18° de la Resolución 651/2025 es claro y establece que la medida “entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL”, siendo esta fecha el 19 de septiembre de 2025. Por lo tanto, cualquier requerimiento de los centros de instrucción debe ajustarse a la nueva norma desde ese día.